Por Redacción Digital @Telenoticias.co
Por lo anterior, se restringe la circulación de personas y el consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio sucreño desde las 12:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente. La presente medida es transitoria, y permite la venta de licor a través de plataformas digitales o domicilios.
Durante la vigencia del presente decreto, el pico y cédula se manejará por números pares e impares para el ingreso de personas a lugares privados abiertos al público y a todo tipo de establecimientos y locales comerciales, incluidos los supermercados y almacenes de cadena.
Quedan limitadas las realizaciones de reuniones sociales, tales como cumpleaños, matrimonios, bautizos y similares, en inmuebles públicos o privados a un aforo máximo de 20 personas durante la vigencia del decreto.
Igualmente, el acto administrativo departamental prohíbe la realización presencial de todo tipo de celebraciones de carácter municipal, regional o departamental.
Las medidas contempladas en este decreto dependerán de la curva del virus, las cuales se podrán modificar según sea su comportamiento.
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